Bajo el t铆tulo El Parlamento y los Tribunales de Cuentas, se desarrollaron en Vitoria, en la sede del Tribunal Vasco de Cuentas P煤blicas, las jornadas anuales de la Asociaci贸n Espa帽ola de Letrados de Parlamentos en su edici贸n n煤mero XXIII.
Como es sabido, el Tribunal de Cuentas es una de las instituciones que tiene mayor raigambre en el Derecho P煤blico espa帽ol, y cuyo origen se podr铆a remontar a las Ordenanzas de Juan II de Castilla de 1437 por las que se creaba una Contadur铆a Mayor de Cuentas para realizar una labor ya entonces fiscalizadora sobre el empleo de los fondos que votaban las Cortes.
Hoy, la regulaci贸n del Tribunal de Cuentas, del que el art铆culo 136 de la Constituci贸n predica que es el 芦supremo 贸rgano fiscalizador de las cuentas y de la gesti贸n econ贸mica del Estado y del sector p煤blico, dependiente de las Cortes Generales, ejerciendo sus funciones por delegaci贸n de aquellas禄, se encuentra en la Ley Org谩nica 2/1982 y en la Ley 7/1988, que ha sido modificada en varias ocasiones.
Pues bien, tiene el lector entre sus manos los trabajos presentados en estas Jornadas en los que se analizan la coordinaci贸n del Tribunal de Cuentas del Estado con los 贸rganos de similar naturaleza de las Comunidades Aut贸nomas; la relaci贸n del Parlamento con estos 贸rganos de control externo, y tambi茅n la funci贸n de control que les corresponde respecto de la financiaci贸n de los partidos pol铆ticos y de las subvenciones que perciben de las C谩maras los Grupos Parlamentarios.
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