El Derecho Administrativo est谩 sometido a continuos retos que le obligan a “reinventarse”. En el momento presente, la incorporaci贸n de la denominada Directiva de Servicios del Mercado Interior, por un lado, y la incorporaci贸n de la tecnolog铆a al 谩mbito del procedimiento e, incluso, de la contrataci贸n administrativa suponen un cambio notable en algunos de los paradigmas esenciales de la configuraci贸n hist贸rica del Derecho Administrativo.
Se trata de dos retos casi conjuntos en el tiempo pero llamados a una configuraci贸n y estructuraci贸n muy amplia que afecta al conjunto de los Poderes P煤blicos y que obliga al establecimiento de un marco general que nos permita la previsi贸n m谩s certera que facilite la labor del int茅rprete de las normas.
Estos retos afectan a figuras clave en el 谩mbito del Derecho Administrativo, como el silencio administrativo, que, tras sucesivas y voluntaristas reformas, no acaba de encontrar un camino n铆tido para su implantaci贸n en su configuraci贸n como silencio administrativo positivo, pero que, ahora, tras las modificaciones de la LRJAP parece que est谩n llamados a transmitirse de una forma definitiva.
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